ESTA SUBSECRETARIA DE INGRESOS, DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 16 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 13 Y 14 DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL VIGENTE; CLÁUSULAS PRIMERA, SEGUNDA PÁRRAFO PRIMERO, FRACCIÓN I, II, VI, INCISO C) Y VIII, TERCERA, CUARTA, OCTAVA PÁRRAFO PRIMERO FRACCIÓN I, INCISO E), DÉCIMA SÉPTIMA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL FEDERAL, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 13 DE AGOSTO DEL 2015, Y EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO NÚMERO 63 ALCANCE I, DE FECHA 07 DE AGOSTO DEL 2015 QUE ENTRÓ EN VIGOR EL DÍA 25 DE JUNIO DE 2015, REFORMADO EL 31 DE MARZO DE 2020 Y PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 29 DE ABRIL DE 2020; ARTÍCULOS 22, APARTADO A, FRACCIÓN III, Y 25 FRACCIONES III, IV, LIV Y LV DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE GUERRERO NÚMERO 242, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO, NÚMERO DE EDICIÓN 90, DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2022; EN LOS ARTÍCULOS 11 PRIMER PÁRRAFO, FRACCIÓN III, 12, 21, 46, 151, FRACCIÓN II, INCISO C), 154, FRACCIÓN VI, Y 172 DEL CÓDIGO FISCAL DEL ESTADO DE GUERRERO NÚMERO 420, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, EDICIÓN NÚMERO 103, ALCANCE V DE FECHA 27 DE DICIEMBRE DE 2022; REFORMADO, ADICIONADO Y DEROGADO, MEDIANTE DECRETO NÚMERO 666, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, EDICIÓN NO. 104, ALCANCE V, CON FECHA VIERNES 29 DE DICIEMBRE DE 2023; Y EN LOS ARTÍCULOS 2°, 5° FRACCIÓN II, 8°, 18°, FRACCIONES II, X Y XV, 20 Y 21 FRACCIONES III, V, XIX, XXI Y XXXV, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO, NÚMERO 25, ALCANCE I, EL DÍA 26 DE MARZO DEL 2019, ÚLTIMA REFORMA MEDIANTE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, EDICIÓN NO. 05, ALCANCE IV, DEL 16 DE ENERO DE 2024; ASÍ COMO EN LOS ARTÍCULOS 134 FRACCIÓN III Y 139 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN; EMITE EL SIGUIENTE:

 

A C U E R D O

 

NÚMERO

101

 

NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE:

GRUPO RADIOFONICO DE GUERRERO, S.A. DE C.V.

 

AUTORIDAD EMISORA DE LA RESOLUCIÓN:

DIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN DE LA SUBSECRETARIA DE INGRESOS.

 

AUTORIDAD EJECUTORA:

DIRECCIÓN GENERAL DE COBRO COACTIVO Y VIGILANCIA DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DE INGRESOS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO.

 

TIPO DE DOCUMENTO:

MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN NÚMERO SI/DGCCV/DRCO/DEF/0970/2024 DE FECHA 01 DE JULIO DEL 2024, ASÍ COMO EL ACTA DE REQUERIMIENTO Y/O EMBARGO DE FECHA 31 DE JULIO DEL 2024.

 

FECHA DE FIJACIÓN

28 DE AGOSTO DE 2024

 

FECHA DE PUBLICACIÓN:

29 DE JULIO DE 2024 – 11 DE SEPTIEMBRE DE 2024

 

FECHA DE NOTIFICACIÓN LEGAL:

12 DE SEPTIEMBRE DE 2024

 

ARCHIVO:

GRUPO RADIOFONICO DE GUERRERO

 

OBSERVACIONES:

10 DÍAS PARA SU PUBLICACIÓN