XXXIV.- INVENTARIO DE BIENES.
Todos los sujetos obligados publicarán el inventario de bienes muebles e inmuebles que utilicen, tengan a su cargo y/o les hayan sido asignados para el ejercicio de sus funciones; que destinen a un servicio público conforme a la normatividad aplicable o por cualquier concepto, tanto si son propiedad del sujeto obligado como que se encuentren en posesión de éstos.
A) BIENES MUEBLES
Esta información se actualiza cada SEMESTRE y debe permanecer publicada, de manera obligatoria, solo la información más reciente (vigente); por tanto, no es exigible que se conserve la información de periodos anteriores.
B) INVENTARIO DE ALTAS PRACTICADAS A BIENES MUEBLES
Primer Semestre | Segundo Semestre |
B) Inventario de altas practicadas a bienes muebles | B) Inventario de altas practicadas a bienes muebles (2) |
C) INVENTARIO DE BAJAS PRACTICADAS A BIENES MUEBLES
Primer Semestre | Segundo Semestre |
C) Inventario de bajas practicadas a bienes muebles | C) Inventario de bajas practicadas a bienes muebles (2) |
Primer Semestre | Segundo Semestre |
Inventario de bienes muebles donados |