OBLIGACIONES COMÚNES
Cumplimiento al Artículo 81.- Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Guerrero.
Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:
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![]() Procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación |
![]() Informes que por disposición legal generen;
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![]() Inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; |
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OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
Cumplimiento al Artículo 82.- Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Guerrero.
Además de lo señalado en el Artículo 81, el Poder Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos deberán poner a disposición del público y actualizar la información siguiente:
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